Texto oficial
Artículo 153°.- Corresponderá al Jefe de
Producción, en general, la organización y desarrollo de
los componentes del proceso de producción en el orden
técnico, siendo especialmente responsable de los siguientes
aspectos:
a) Garantizar la conformidad de la fórmula de los
productos que se fabriquen, envasen o importen con lo
declarado y aprobado en las especificaciones del registro.
b) Observar y hacer cumplir las Buenas Prácticas de
Manufactura.
c) Asegurar el correcto cumplimiento de las instrucciones
relacionadas con los procesos de fabricación, envasado y
almacenamiento, incluyendo los controles de proceso.
d) Vigilar el mantenimiento del departamento en general,
instalaciones y equipos.
e) Ejercer las demás funciones que le asignan las leyes y
reglamentos.