Texto oficial
Artículo 194°.- En el caso de que mediante el
respectivo sumario sanitario, se comprueben fallas a la
calidad, de tres o más lotes de distintos productos
farmacéuticos de una misma línea de producción de un
determinado laboratorio fabricante, el Instituto modificará
la autorización sanitaria, excluyendo la línea de
producción correspondiente a dichos productos o procederá
a la suspensión de la importación y distribución
autorizadas en los registros sanitarios de todas aquellas
especialidades farmacéuticas cuyo fabricante autorizado
incluya esa línea de producción.