Texto oficial
ARTICULO 31°.- Asimismo, los servicios quirúrgicos del
establecimiento deberán disponer de:
a) Equipo electrógeno auxiliar interconectado al área
quirúrgica;
b) Sistema de esterilización dotado e implementado con
los controles establecidos por las normas respectivas;
c) Personal estable adiestrado para las funciones que se
desarrollan en el pabellón;
d) Sistemas que aseguren el suministro oportuno de la
ropa limpia y esterilizada necesaria; y
e) Sistemas de suministro y reposición de instrumental
quirúrgico y elementos terapéuticos.