Texto oficial
Art. 12. Corresponde al Presidente del Consejo:
a) La dirección superior de la Empresa y su orientación política y social;
b) Presidir las sesiones del Consejo;
c) Nombrar con aprobación del Consejo el personal cuyas remuneraciones sean superiores a ocho mil pesos e inferiores a treinta y seis mil pesos anuales, a propuesta del Director o Gerente, en su caso.
El nombramiento de los empleados cuyas remuneraciones sean superiores a treinta y seis mil pesos anuales, requerirá además la aprobación del Presidente de la República.