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Artículo 14 del Decreto Con Fuerza de Ley 241

Decreto con fuerza de ley número 241

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1027440 / 9159012.

Texto oficial

Art. 14. Corresponde al Director: a) La dirección intelectual de la Empresa; b) Dirigir y orientar las publicaciones que se hagan en los diarios, periódicos o revistas de la Empresa; c) Vigilar los servicios de redacción o informaciones, y aprobar las publicaciones que se efectúen; d) Proponer al Consejo las medidas que estime necesarias para el mejoramiento de los servicios de redacción e informaciones; y confeccionar los reglamentos internos para la buena marcha de estos servicios y someterlos a la aprobación del Consejo; e) Proponer al Consejo el nombramiento y remoción del personal de redacción e informaciones, y nombrar a los empleados de estos servicios cuyas remuneraciones no sean superiores a ocho mil pesos anuales; f) Proponer al Consejo la edición de nuevas publicaciones, sean éstas diarios, periódicos, o revistas y la cesación de las que estuvieren en publicación.