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Artículo 15 del Decreto Con Fuerza de Ley 241

Decreto con fuerza de ley número 241

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1027440 / 9159013.

Texto oficial

Art. 15. Corresponde al Gerente: a) La responsabilidad de la marcha comercial, administrativa y económica de la Empresa; b) Asumir la representación legal y judicial de la Empresa; c) Efectuar las adquisiciones y construcciones necesarias para el mantenimiento y ampliación de los servicios de la Empresa, de acuerdo con los Presupuestos corrientes; d) Exigir directamente que la contabilidad sea llevada al día con corrección y esmero, y que los talleres y demás servicios administrativos de la Empresa funcionen normal y eficientemente; e) Confeccionar y proponer al Consejo los reglamentos internos necesarios al mejor régimen administrativo y comercial de la Empresa; f) Proponer, al Consejo el nombramiento y remoción del personal administrativo, y nombrar a los empleados cuyas remuneraciones no sean superiores a ocho mil pesos anuales; g) Contratar el personal de operarios de los talleres y fijar sus remuneraciones de acuerdo con el Presupuesto; h) Presentar a consideración del Consejo los balances mensuales y semestrales de acuerdo a las normas que para el efecto imparta la Contraloría General de la República; i) Concurrir a las sesiones del Consejo, y actuar en ellas con derecho a voz pero no a voto. Sin embargo, en caso de acuerdos ilegales o contrarios al interés de la Empresa, compartirá la responsabilidad de los consejeros, si no salva su opinión haciéndola constar en el acta.