Texto oficial
Artículo 28.- La Agencia informará a los padres y
apoderados y al Consejo Escolar cada vez que el
establecimiento al que envían a sus hijos o pupilos sea
ordenado en la categoría de Desempeño Insuficiente.
Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1028635 / 9173165.