Saltar al contenido

Artículo 64 de la Ley 20.529

Sistema nacional de aseguramiento de la calidad de la educación parvularia, básica y media y su fiscalización

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1028635 / 9173208.

Texto oficial

Artículo 64.- La Superintendencia deberá mantener un registro público con las estadísticas de denuncias, gestión colaborativa de conflictos y otros requerimientos conocidos y resueltos.