Texto oficial
Artículo 28°.- Del mismo monto será el subsidio de
reposo establecido en la ley número 6.174, de 31 de Enero
de 1938, publicada el 9 de Febrero de 1938, y su reglamento
orgánico.
Fija el texto de la ley n° 10.383, de 8 de agosto de 1952, refundido con el de sus modificaciones, inclusive las contenidas en la ley n° 16.840, de 24 de mayo de 1968
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10308 / 7139883.