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Artículo 16 transitorio del Decreto 163

Fija el texto de la ley n° 10.383, de 8 de agosto de 1952, refundido con el de sus modificaciones, inclusive las contenidas en la ley n° 16.840, de 24 de mayo de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10308 / 7139971.

Texto oficial

Artículo 16°.- Condónanse las deudas actualmente pendientes por cobro de impuestos de cifra de negocios a la Beneficencia Pública y a las instituciones particulares, resultantes de servicios de hospitalización prestados a la Caja de Seguro Obligatorio.