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Artículo 18 transitorio del Decreto 163

Fija el texto de la ley n° 10.383, de 8 de agosto de 1952, refundido con el de sus modificaciones, inclusive las contenidas en la ley n° 16.840, de 24 de mayo de 1968

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10308 / 7139973.

Texto oficial

Artículo 18°.- Para los efectos de los contratos de ejecución de obras por suma alzada que se encuentren en vigencia a la fecha de la promulgación de la presente ley, se considerarán de fuerza mayor todas sus disposiciones que importan un aumento de los desembolsos patronales y que constituyen, en consecuencia, una alza imprevista de los costos.