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Artículo 28 de la Ley 20.530 · Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica

Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1030861 / 10016360.

Texto oficial

Artículo 28.- Reemplázase el número 8° del artículo 1 del decreto con fuerza de ley N° 7.912, del Ministerio del Interior, de 1927, que organiza las Secretarías del Estado, por el siguiente: "8° Desarrollo Social y Familia;"