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Artículo 19 de la Ley 20.530 · Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica

Crea el ministerio de desarrollo social y familia y modifica cuerpos legales que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1030861 / 9193590.

Texto oficial

Artículo 19.- Intercálase, en el inciso primero del artículo 30 de la ley N° 20.403, a continuación de la palabra "Hacienda", la frase ", de Evaluación Social".