Texto oficial
Artículo tercero.- La modificación a que se refiere
el artículo 22 de esta ley, que sustituye el inciso final
del artículo 2° del decreto N° 900, de 1996, del
Ministerio de Obras Públicas, entrará en vigencia
transcurridos 12 meses desde la publicación de esta ley en
el Diario Oficial.