Texto oficial
Art. 39. El seguro mínimo podrá contratarse sin exámen médico hasta tres meses después de dictado el Reglamento; trascurrido este plazo, el exámen médico será condicion ineludible para poder asegurarse.
Decreto 857
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1033017 / 9211143.