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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 4610 BIS

Fija atribuciones dirección general de estadística

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1033049 / 9207719.

Texto oficial

Art. 8.o La Dirección General de Estadística y cada uno de sus empleados estarán obligados a guardar absoluta reserva de los hechos de índole particular de que tomen conocimiento en el desempeño de su trabajo o actividades. Los materiales estadísticos originales que se reciban, según las disposiciones de este decreto, no podrán aplicarse a otros fines que a los estadísticos y, en ningún caso, particularmente a fines tributarios.