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Artículo QUINTO transitorio de la Ley 20.552 · Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero

Moderniza y fomenta la competencia del sistema financiero

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1035180 / 9219318.

Texto oficial

Artículo quinto.- La modificación contenida en el N° 2) del artículo 4° regirá respecto de los seguros de vida a que se refiere dicha disposición, que se contraten a partir de la fecha de publicación de esta ley en el Diario Oficial, y para todos los nuevos aportes enterados, desde esa fecha, en las pólizas ya contratadas.