Texto oficial
Artículo 5°- Corresponderá a las Oficinas Comerciales
en el exterior, en general cumplir las siguientes funciones
dentro del ámbito regional correspondiente:
a) Colaborar, dentro del contexto de la política
económica que fije el Supremo Gobierno, al desarrollo de
las exportaciones del país;
b) Estudiar en todos sus aspectos la participación de
Chile en el comercio internacional y proponer las medidas
pertinentes;
c) Organizar misiones públicas y privadas hacia Chile.
Asimismo, promover la visita de misiones comerciales o
técnicas extranjeras, auxiliares en la programación de sus
actividades;
d) Analizar y promover la participación de eventos
feriales;
c) Formular a los sectores públicos y privados en Chile
proposiciones para el óptimo aprovechamiento de los
mercados internacionales;
f) Realizar una labor permanente de difusión en el
mercado internacional de los productos nacionales para
crear, extender o intensificar su demanda en las mejores
condiciones;
g) Dar respuesta a las consultas económicas y
comerciales que llegan por correspondencia y
teléfonicamente;
h) Mantener información actualizada respecto de los
mercados internacionales;
i) Promover la inversión extranjera hacia nuestro
país;
j) Prestar asistencia a empresas y/o personas nacionales
que soliciten su colaboración en sus relaciones comerciales
con empresas extranjeras;
k) Cumplir con las demás funciones que le encargue el
Director General.