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Artículo 7 del Decreto 168

Aprueba reglamento orgánico de la direccion general de relaciones economicas internacionales del ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 10390 / 5898065.

Texto oficial

Artículo 7°- No obstante lo dispuesto en el artículo anterior, a propuesta del Director General y mediante decreto supremo que deberá llevar la firma de los Ministros de Relaciones Exteriores y Hacienda, se podrá destinar al exterior a personas que no cumplan con los requisitos allí señalados siempre y cuando el número de éstos no exceda de un quinto del total de funcionarios del Escalafón Directivo, Profesional y Técnico que determina el artículo 16 del D.F.L. N° 105, de 1979, del Ministerio de Relaciones Exteriores.