Texto oficial
3° Atribuciones especialmente delegadas en el
Presidente o en quien lo subrogue: El Presidente del
Tribunal podrá conocer, además, las siguientes materias:
A.- Asuntos jurisdiccionales:
1.- De los decretos que tengan por objeto dar curso
progresivo al procedimiento o agilizar el despacho de los
antecedentes o se refieran a providencias de mera
sustanciación y que no importen decidir la cuestión
debatida.
2.- De las diligencias dirigidas a cualquier órgano
público o autoridad, partido político, candidato o grupo
intermedio, para requerir antecedentes relativos a materias
pendientes de resolución.
3.- De la designación de algún miembro del Tribunal
para recibir pruebas testimoniales o confesionales o
cualquier otra diligencia y fijar el orden de los turnos
para la apertura de cajas con cédulas electorales en los
casos de escrutinios públicos.
4.- De la determinación de las materias y la
asignación del orden de precedencia de los asuntos que
deben incluirse en las minutas de las sesiones ordinarias y
extraordinarias.
B.- Asuntos administrativos:
5.- Acusar recibo y agradecer el envío de material de
carácter bibliográfico desde entidades nacionales e
internacionales.
6.- Resolver las solicitudes en que se requiera la
entrega de información electoral en papel o digitalizada.
7.- Ordenar se certifiquen distintas circunstancias de
antecedentes que obren en los Registros o Protocolos del
Tribunal.
8.- Organizar las actividades de carácter
internacional que se produzcan con motivo de las elecciones.
9.- Celebrar reuniones con el Director del Servicio
Electoral, Ministros de Estado o Presidentes de los
Tribunales Electorales Regionales del país, con el objeto
de adoptar acuerdos para el eficiente cumplimiento de las
funciones de la Justicia Electoral.
10.- Firmar convenios nacionales o contratos con
empresas que deban cumplir tareas dentro de los procesos
electorales.
11.- Designar miembros subrogantes para el desempeño
de funciones de controles del presupuesto del Tribunal o
revisión de secretaría, cuando los titulares designados no
puedan cumplirlas.
12.- Resolver las solicitudes de vacaciones y permisos
del Secretario Relator.