Texto oficial
50° Tramitación de la reclamación y vista de la
causa. Admitida a tramitación la reclamación, se fallará
en cuenta, salvo que el Tribunal estimare estrictamente
conveniente oír los alegatos de los abogados de las partes,
en cuyo caso ordenará traer los autos en relación y
fijará el tiempo de duración de los alegatos, el que no
podrá exceder de diez minutos por cada parte.
En el caso de reclamaciones mediante las que se impugne
la aceptación de una candidatura, se dará traslado, por
dos días, al candidato impugnado, el que deberá acompañar
todos los documentos que le sirvan de defensa.
La vista de la causa se anunciará por el Secretario
Relator en un lugar visible de la secretaría, a lo menos
con dos horas de anticipación.
En lo demás, para la vista de la causa se estará a lo
dispuesto en el numeral 8°.