Texto oficial
Artículo 17°.- Anualmente se fijarán en la Ley de Presupuestos del Sector Público los recursos para el pago de la Asignación de Excelencia Pedagógica y el número máximo de docentes con derecho a percibirla.
Fija las normas que reestructuran el funcionamiento, el monto de los beneficios y el número de beneficiarios de la asignación de excelencia pedagógica a que se refieren los artículos 14 y 15 de la ley n° 19.715
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039324 / 9251473.