Texto oficial
Artículo 18. Vigencia de la aprobación del proyecto
técnico
La calificación o aprobación del proyecto técnico
ingresado sin familia tendrá una vigencia de 12 meses,
contados desde su calificación. Dentro de ese plazo deberá
ser elegido por los beneficiarios de un subsidio
habitacional regulado por este reglamento o asociado a un
grupo organizado, hasta alcanzar como mínimo su
factibilidad.
Si el proyecto técnico no cumple con lo establecido en
el inciso precedente, será eliminado de la Nómina de
Oferta de Proyectos, sin perjuicio de las prórrogas
establecidas en el artículo 64 del presente reglamento.