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Artículo 22 del Decreto 49

Aprueba reglamento del programa fondo solidario de elección de vivienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039424 / 9608141.

Texto oficial

Artículo 22. De los Puntajes La determinación del puntaje individual se efectuará sumando cada uno de los factores obtenidos por el postulante. En el caso de la postulación colectiva, se sumarán los puntajes individuales que obtenga cada uno de los postulantes del grupo conforme al artículo siguiente y se dividirá por el número total de familias integrantes de éste. En el caso de grupos asociados a Megaproyectos, este puntaje será calculado sobre la base del total de familias asociadas a las distintas etapas del Megaproyecto. El resultado que se obtenga será el puntaje del grupo que postula al subsidio respectivo.