Texto oficial
Artículo 23. De la selección
La selección de postulantes se podrá realizar a
través de procesos independientes según las distintas
alternativas de postulación, modalidades y tipologías de
aplicación.
La selección de postulantes para la asignación del
subsidio se realizará conforme al orden de prelación que
determine el respectivo puntaje del postulante o del grupo
postulante, ordenados de mayor a menor puntaje, hasta
enterar el total de los recursos disponibles para cada
alternativa de postulación.
Si los recursos asignados en el llamado respectivo no
son suficientes para completar el monto total de subsidio
solicitado por el postulante alcanzado por el puntaje de
corte, tanto ese postulante como los que le siguen en el
orden de prelación serán excluidos de la selección.
En la postulación colectiva se aplicará la regla del
inciso anterior para el grupo postulante alcanzado por el
puntaje de corte, en que el monto de los recursos debe ser
suficiente para atender al grupo en su totalidad. De lo
contrario quedará excluido dicho grupo y los que le siguen
en el orden de prelación.
Los grupos asociados a Megaproyectos podrán ser
seleccionados si los recursos del llamado son suficientes
para atender a la totalidad de los grupos asociados. En caso
que los recursos no resulten suficientes, se omitirá este
Megaproyecto y se podrán seleccionar el o los grupos que le
siguen en el orden de prelación, hasta agotar los recursos
disponibles.
En caso de empate, si los recursos no alcanzaren para
atender a todos los que se encuentren en tal situación, se
dará prioridad a quienes tengan un mayor puntaje por
Núcleo Familiar, luego a quienes tengan un mayor puntaje en
el factor de Vulnerabilidad Habitacional, luego a quienes
tengan un mayor puntaje en el factor de Antigüedad de la
Postulación, y finalmente mayor puntaje en el factor de
Antigüedad y Permanencia del Ahorro, y en caso de
mantenerse el empate, se dirimirá por sorteo.