Texto oficial
Artículo 24. Factores de puntaje
Los factores para determinar el puntaje que definirá
la prelación entre los postulantes, serán los siguientes:
a) Núcleo Familiar:
50 puntos por cada uno de los integrantes del grupo
familiar señalado en la Declaración de Núcleo Familiar,
incluidos el conviviente civil y el conviviente, de ser el
caso, exceptuando al postulante. El postulante unipersonal
no obtendrá puntaje por este concepto.
40 puntos adicionales por cada menor entre 6 y hasta
18 años de edad, integrantes del núcleo familiar
identificado en la Declaración de Núcleo, al 31 de
diciembre del año calendario del llamado.
50 puntos adicionales por cada menor de hasta 5 años
de edad, incluido en la Declaración de Núcleo, al 31 de
diciembre del año calendario del llamado.
100 puntos adicionales por cada miembro integrante del
Núcleo Familiar declarado que tuviese 60 o más años de
edad, considerando los que cumplen 60 años durante el año
calendario del llamado.
40 puntos adicionales por cada integrante del núcleo
familiar que acredite ser voluntario activo del Cuerpo de
Bomberos y que se encuentre inscrito en el Registro Nacional
de Bomberos Voluntarios a cargo de la Junta Nacional del
Cuerpo de Bomberos de Chile.
20 puntos por cada integrante del núcleo familiar que
haya cumplido efectivamente con su Servicio Militar en
modalidad de Conscripción Ordinaria y Valer Militar, y que
ha quedado en condición de Acuartelado en el Proceso de
Selección de Contingente a partir del año 2004.
40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge,
o conviviente civil, pertenece a las Plantas de Suboficiales
y Gendarmes, o de Profesionales funcionarios, de
Profesionales, de Técnicos, de Administrativos y de
Auxiliares, de Gendarmería de Chile, cuyas funciones
permanentes se desarrollen al interior de recintos
penitenciarios, certificada esta situación por Gendarmería
de Chile, y, que tengan domicilio en la región de
preferencia que manifiesten al postular, o donde se emplace
el proyecto, en cuyo caso el domicilio corresponderá al
registrado en el certificado a que se refiere la letra n)
del artículo 3. Este puntaje será incompatible con el de
cumplimiento de Servicio Militar.
Para el puntaje final de este factor, se sumarán los
puntos mencionados anteriormente, no pudiendo este puntaje
ser mayor a 600 puntos.
b) Vulnerabilidad Habitacional
Se considerará como Puntaje de Vulnerabilidad
Habitacional aquel que resulte de la suma de los siguientes
ítems:
i. Hacinamiento
Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo al índice
de hacinamiento del núcleo familiar al que pertenece el
postulante:
.
El índice de hacinamiento corresponderá al cociente
entre el número de personas y el número de habitaciones
usadas como dormitorio, calculado en base a los antecedentes
consignados en el Instrumento de Caracterización
Socioeconómica, del hogar del cual forma parte el núcleo
familiar del postulante.
ii. Tipo de vivienda
Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la
variable Tipo de Vivienda consignada en el Instrumento de
Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma
parte el núcleo familiar del postulante, complementada con
la variable Materialidad de Pisos en el primer indicador:
.
iii. Distribución de agua
Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la
variable Distribución de Agua consignada en el Instrumento
de Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual
forma parte el núcleo familiar del postulante:
.
iv. Sistema de baño
Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la
variable Sistema de Baño consignada en el Instrumento de
Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma
parte el núcleo familiar del postulante:
.
c) Antigüedad de la postulación
i. Individual:
40 puntos por cada postulación en que no haya sido
seleccionado, con un máximo de 160 puntos, en llamados a
concurso regulados por el presente reglamento u otros
llamados a postulación habitacional efectuados por el MINVU
destinados a la obtención de una vivienda.
ii. Colectiva:
80 puntos por cada postulación de cada integrante del
Comité postulante en que no haya sido seleccionado, en
llamados a concurso regulados por el presente reglamento u
otros llamados a postulación habitacional efectuados por el
MINVU destinados a la obtención de una vivienda, con un
máximo de 160 puntos por cada postulante.
d) Antigüedad y permanencia del ahorro:
1 punto por cada mes de antigüedad del instrumento
para mantener y acreditar el ahorro, contados desde el mes
de apertura del citado instrumento hasta el mes de inicio
del proceso de selección, con un máximo de 40 puntos.
10 puntos si el promedio del saldo medio mensual del
semestre previo al ingreso de los antecedentes de la
postulación, es igual o superior al 12,5% del saldo
acreditado en dicho momento.
e) Condiciones especiales de vulnerabilidad:
300 puntos adicionales por cada miembro del núcleo
familiar declarado que estuviere inscrito en el Registro
Nacional de la Discapacidad. Adicionalmente, en esta
situación el núcleo familiar postulante recibirá una
bonificación del 50% de la sumatoria de los puntajes
obtenidos en los factores señalados en las letras a), b),
c) y d) precedentes.
600 puntos si el postulante o su cónyuge o
conviviente civil invoca su condición de persona reconocida
como víctima en el informe de la Comisión Nacional sobre
Prisión Política y Tortura, o por la Comisión Asesora
para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados
Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura.
Adicionalmente el núcleo familiar postulante recibirá una
bonificación del 50% de la sumatoria de los puntajes
obtenidos en los factores señalados en las letras a), b),
c) y d) precedentes.
150 puntos adicionales, si el postulante es madre o
padre soltero, divorciado o viudo que tenga a su cargo hijos
de hasta 24 años, incluidos los que cumplan 25 en el año
calendario del llamado, que vivan con él y a sus expensas,
lo que se deberá acreditar con una declaración jurada
simple. No se otorgará este puntaje si en el Instrumento de
Caracterización Socioeconómica vigente, se identifique al
postulante con cónyuge, conviviente civil o conviviente.