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Artículo 24 del Decreto 49

Aprueba reglamento del programa fondo solidario de elección de vivienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039424 / 9608143.

Texto oficial

Artículo 24. Factores de puntaje Los factores para determinar el puntaje que definirá la prelación entre los postulantes, serán los siguientes: a) Núcleo Familiar: 50 puntos por cada uno de los integrantes del grupo familiar señalado en la Declaración de Núcleo Familiar, incluidos el conviviente civil y el conviviente, de ser el caso, exceptuando al postulante. El postulante unipersonal no obtendrá puntaje por este concepto. 40 puntos adicionales por cada menor entre 6 y hasta 18 años de edad, integrantes del núcleo familiar identificado en la Declaración de Núcleo, al 31 de diciembre del año calendario del llamado. 50 puntos adicionales por cada menor de hasta 5 años de edad, incluido en la Declaración de Núcleo, al 31 de diciembre del año calendario del llamado. 100 puntos adicionales por cada miembro integrante del Núcleo Familiar declarado que tuviese 60 o más años de edad, considerando los que cumplen 60 años durante el año calendario del llamado. 40 puntos adicionales por cada integrante del núcleo familiar que acredite ser voluntario activo del Cuerpo de Bomberos y que se encuentre inscrito en el Registro Nacional de Bomberos Voluntarios a cargo de la Junta Nacional del Cuerpo de Bomberos de Chile. 20 puntos por cada integrante del núcleo familiar que haya cumplido efectivamente con su Servicio Militar en modalidad de Conscripción Ordinaria y Valer Militar, y que ha quedado en condición de Acuartelado en el Proceso de Selección de Contingente a partir del año 2004. 40 puntos adicionales si el postulante o su cónyuge, o conviviente civil, pertenece a las Plantas de Suboficiales y Gendarmes, o de Profesionales funcionarios, de Profesionales, de Técnicos, de Administrativos y de Auxiliares, de Gendarmería de Chile, cuyas funciones permanentes se desarrollen al interior de recintos penitenciarios, certificada esta situación por Gendarmería de Chile, y, que tengan domicilio en la región de preferencia que manifiesten al postular, o donde se emplace el proyecto, en cuyo caso el domicilio corresponderá al registrado en el certificado a que se refiere la letra n) del artículo 3. Este puntaje será incompatible con el de cumplimiento de Servicio Militar. Para el puntaje final de este factor, se sumarán los puntos mencionados anteriormente, no pudiendo este puntaje ser mayor a 600 puntos. b) Vulnerabilidad Habitacional Se considerará como Puntaje de Vulnerabilidad Habitacional aquel que resulte de la suma de los siguientes ítems: i. Hacinamiento Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo al índice de hacinamiento del núcleo familiar al que pertenece el postulante: . El índice de hacinamiento corresponderá al cociente entre el número de personas y el número de habitaciones usadas como dormitorio, calculado en base a los antecedentes consignados en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma parte el núcleo familiar del postulante. ii. Tipo de vivienda Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la variable Tipo de Vivienda consignada en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma parte el núcleo familiar del postulante, complementada con la variable Materialidad de Pisos en el primer indicador: . iii. Distribución de agua Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la variable Distribución de Agua consignada en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma parte el núcleo familiar del postulante: . iv. Sistema de baño Se otorgará el siguiente puntaje de acuerdo a la variable Sistema de Baño consignada en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, del hogar del cual forma parte el núcleo familiar del postulante: . c) Antigüedad de la postulación i. Individual: 40 puntos por cada postulación en que no haya sido seleccionado, con un máximo de 160 puntos, en llamados a concurso regulados por el presente reglamento u otros llamados a postulación habitacional efectuados por el MINVU destinados a la obtención de una vivienda. ii. Colectiva: 80 puntos por cada postulación de cada integrante del Comité postulante en que no haya sido seleccionado, en llamados a concurso regulados por el presente reglamento u otros llamados a postulación habitacional efectuados por el MINVU destinados a la obtención de una vivienda, con un máximo de 160 puntos por cada postulante. d) Antigüedad y permanencia del ahorro: 1 punto por cada mes de antigüedad del instrumento para mantener y acreditar el ahorro, contados desde el mes de apertura del citado instrumento hasta el mes de inicio del proceso de selección, con un máximo de 40 puntos. 10 puntos si el promedio del saldo medio mensual del semestre previo al ingreso de los antecedentes de la postulación, es igual o superior al 12,5% del saldo acreditado en dicho momento. e) Condiciones especiales de vulnerabilidad: 300 puntos adicionales por cada miembro del núcleo familiar declarado que estuviere inscrito en el Registro Nacional de la Discapacidad. Adicionalmente, en esta situación el núcleo familiar postulante recibirá una bonificación del 50% de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los factores señalados en las letras a), b), c) y d) precedentes. 600 puntos si el postulante o su cónyuge o conviviente civil invoca su condición de persona reconocida como víctima en el informe de la Comisión Nacional sobre Prisión Política y Tortura, o por la Comisión Asesora para la calificación de Detenidos Desaparecidos, Ejecutados Políticos y Víctimas de Prisión Política y Tortura. Adicionalmente el núcleo familiar postulante recibirá una bonificación del 50% de la sumatoria de los puntajes obtenidos en los factores señalados en las letras a), b), c) y d) precedentes. 150 puntos adicionales, si el postulante es madre o padre soltero, divorciado o viudo que tenga a su cargo hijos de hasta 24 años, incluidos los que cumplan 25 en el año calendario del llamado, que vivan con él y a sus expensas, lo que se deberá acreditar con una declaración jurada simple. No se otorgará este puntaje si en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica vigente, se identifique al postulante con cónyuge, conviviente civil o conviviente.