Texto oficial
Artículo 24.- La Secretaría Técnica comunicará, a quienes hubieren formulado sugerencias de clasificación respecto de especies silvestre que no hubieren sido incluidas en el procedimiento, los motivos de la no inclusión.
Aprueba reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039460 / 9252992.