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Artículo 29 del Decreto 29

Aprueba reglamento para la clasificación de especies silvestres según estado de conservación

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1039460 / 9252997.

Texto oficial

Artículo 29.- El Consejo deberá pronunciarse dentro del plazo de tres meses sobre la propuesta sometida a su consideración.