Texto oficial
Artículo 18.- Causales de Término de la
Participación en el Subsistema. Los usuarios del Subsistema
cesarán su participación en él por cualquiera de las
siguientes causales:
a) Por haber transcurrido 12 meses desde el término de
su participación en el Programa Eje.
b) Por renuncia voluntaria de la persona usuaria o a
quien le corresponda recibir el pago de la transferencia
monetaria base, de la transferencia monetaria condicionada o
del Bono de Protección, según sea el caso, con el
consentimiento de los integrantes mayores de edad de la
familia correspondiente, manifestada por escrito ante el
Ministerio de Desarrollo Social a través del Programa Eje.
c) Por incumplimiento del compromiso o el plan de
intervención, que establecen los artículos 3° y 6°,
respectivamente, de esta ley.
Un reglamento expedido a través del Ministerio de
Desarrollo Social, establecerá las formalidades y demás
procedimientos que deberán seguirse para determinar el
término de la participación de los usuarios en el
Subsistema.