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Artículo 24 de la Ley 20.595

Crea el ingreso ético familiar que establece bonos y transferencias condicionadas para las familias de pobreza extrema y crea subsidio al empleo de la mujer

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040157 / 9257481.

Texto oficial

Artículo 24.- El Bono de Graduación de Enseñanza Media, el Bono por Formalización, el Bono por Esfuerzo, las transferencias monetarias establecidas en los artículos 14 y 16 y el Bono de Protección, son ingresos no constitutivos de renta de aquellos a que se refiere el artículo 17 del decreto ley N° 824, sobre Impuesto a la Renta. Adicionalmente, dichos bonos o subsidios no constituyen remuneración, por lo que no son imponibles para efectos previsionales.