Texto oficial
Artículo 26º: La función de las facilidades para
ciclistas es dar seguridad y comodidad al tránsito de
bicicletas en una vía, otorgándole en algunos casos
exclusividad de uso en parte de dicha vía o segregándolo
del resto del tránsito.
Las características básicas relativas al mensaje;
forma, color, niveles de retrorreflexión e iluminación,
dimensiones, emplazamiento y la descripción detallada de
las señales que se definen a continuación, son materias
cuyo detalle técnico se encuentra contenido en el Capítulo
6 del Apéndice del presente decreto.