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Artículo 28 del Decreto 78

Aprueba manual de señalización de tránsito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040162 / 9257876.

Texto oficial

Artículo 28º: Las señales verticales asociadas al uso de ciclos en vías con o sin facilidades para ellas, se clasifican igual que las señales referidas en el Título II de este decreto y Capítulo 2 del Apéndice. Sus características particulares se describen en el Capítulo 6 del Apéndice. 1. Señales Reglamentarias: Las más comúnmente utilizadas son: . 2. Señales de Advertencia de Peligro . 3. Señales Informativas .