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Artículo 29 del Decreto 78

Aprueba manual de señalización de tránsito

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040162 / 9257877.

Texto oficial

Artículo 29º: Las facilidades para los ciclos deben contar con todas las demarcaciones requeridas, como se señala en Capítulo 6 del Apéndice, deben ser visibles en cualquier período del día y bajo toda condición climática y de materiales que aseguren su retrorreflexión. Las demarcaciones deben ser planas, de color blanco, que cumplan con las especificaciones de contraste y de resistencia al deslizamiento establecidas según el Capítulo 3 del Apéndice. Los tipos de demarcaciones son los siguientes: 1. Líneas longitudinales, tales como líneas de eje central continuas o segmentadas, líneas para segregar ciclobandas, líneas para cruzar vías convencionales, y otras líneas longitudinales; 2. Líneas transversales tales como líneas de detención pare o ceda el paso; 3. Símbolos, leyendas y superficie de color; 4. Demarcación de tránsito convergente y divergente, y otros achurados. A modo de ejemplo: .