Texto oficial
Artículo 7º. La aplicación de lodos en terrenos
agrícolas debe realizarse en forma uniforme y homogénea,
evitando solapamientos en las pasadas.
La aplicación de lodos con una consistencia pastosa o
semisólida, en los que se dificulta el esparcimiento
homogéneo, debe realizarse mediante:
1. Inyección al suelo con inyectores de fertilizantes
o abonos líquidos, inyectores y esparcidores de estiércol,
u otros que pueden ser autopropulsados, o bien, con sistema
de enganche por toma de fuerza a tractores convencionales;
o,
2. Colocación en cobertera a través de abonadores o
arados acequiadores o surcadores, para depositar los lodos
en los surcos. Luego de la aplicación, los surcos deberán
ser tapados de forma inmediata.