Texto oficial
Artículo 11.- En aquellos suelos que cumplan los
requisitos establecidos en la Tabla 1, la tasa máxima de
aplicación de lodos al suelo es 90 ton/ha por año (base
materia seca).
Aprueba reglamento para el manejo de lodos provenientes de plantas de tratamiento de efluentes de la industria procesadora de frutas y hortalizas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1040269 / 9259110.