Texto oficial
Artículo 22. Para ser nombrado en cargos de escuelas nocturnas, vespertinas o dominicales, se exigirán los mismos requisitos que para los cargos de establecimientos correspondientes de Jornada completa.
Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271240.