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Artículo 45 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271265.

Texto oficial

Artículo 45. Para ser Director de Escuela de Aplicación Anexa a una Normal o Director de Escuela Experimental, se requiere ser Normalista y encontrarse en alguna de las siguientes situaciones: a) Ser Subdirector de una Escuela de Aplicación o de Escuela Experimental; b) Ser Profesor-Guía de una Escuela de Aplicación o Profesor de Escuela Experimental, con no menos de cinco años en el cargo, y c) Desempeñar cualquier otro cargo correspondiente a la Quinta Categoría del artículo 41.