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Artículo 79 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271306.

Texto oficial

Artículo 79. Serán inhábiles para ascender los empleados que, a raíz de investigación o sumarios administrativos, hubieren tenido anotaciones de medidas disciplinarias en su Hoja de Antecedentes, con posterioridad a la última calificación.