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Artículo 103 del Decreto Con Fuerza de Ley 280

Aprueba nuevo estatuto de la carrera profesional de los funcionarios dependientes de las direcciones generales de educacion del ministerio de educacion publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041304 / 9271334.

Texto oficial

Artículo 103. No obstante lo dispuesto en los dos artículos anteriores, los funcionarios que presten sus servicios en Escuelas Primarias rurales y estén obligados a vivir en el edificio destinado a esos establecimientos, por no existir en la localidad casas para arrendar, sólo pagarán una renta anual de arrendamiento ascendente al uno por ciento de sus sueldos bases.