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Artículo 64 del Decreto 702

Aprueba nuevo reglamento de sociedades anónimas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041586 / 9272038.

Texto oficial

Artículo 64. Si por cualquier causa cambiare el número de acciones de propiedad de un accionista, éste tendrá derecho a solicitar que se le reemplace su título de acciones por uno que indique el nuevo número de acciones a su nombre. Igual solicitud podrá formular el accionista para distribuir el número de sus acciones de distinta forma. Los requisitos, formalidades y plazos para la solicitud de reemplazo de títulos y emisión de nuevos, se ajustará a lo indicado para la inscripción de traspasos de acciones.