Texto oficial
Artículo 64. Si por cualquier causa cambiare el
número de acciones de propiedad de un accionista, éste
tendrá derecho a solicitar que se le reemplace su título
de acciones por uno que indique el nuevo número de acciones
a su nombre. Igual solicitud podrá formular el accionista
para distribuir el número de sus acciones de distinta
forma. Los requisitos, formalidades y plazos para la
solicitud de reemplazo de títulos y emisión de nuevos, se
ajustará a lo indicado para la inscripción de traspasos de
acciones.