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Artículo 94 del Decreto 702

Aprueba nuevo reglamento de sociedades anónimas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041586 / 9272076.

Texto oficial

Artículo 94. Los estatutos de las sociedades anónimas podrán establecer requisitos adicionales de idoneidad técnica o profesional que deberán cumplir las personas naturales para ejercer las labores de inspección de cuentas o auditoría externa para la sociedad.