Texto oficial
Artículo 127. El derecho a retiro deberá ser ejercido
dentro del plazo de treinta días, contado desde la fecha de
celebración de la junta que adoptó el acuerdo por el
accionista disidente, comunicando su voluntad de retirarse
por estar en desacuerdo con la decisión de la junta
respectiva, por alguno de los medios indicados en el
artículo 17 de este reglamento.