Saltar al contenido

Artículo 162 del Decreto 702

Aprueba nuevo reglamento de sociedades anónimas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041586 / 9272159.

Texto oficial

Artículo 162. A los liquidadores les serán aplicables, en lo que corresponda, los artículos de este reglamento, referentes al gerente general y los directores.