Texto oficial
Artículo 173. El presente reglamento entrará en
vigencia transcurridos 90 días desde la fecha de su
publicación en el Diario Oficial, y a contar de esa fecha
quedará derogado el Reglamento de Sociedades Anónimas,
aprobado por decreto supremo Nº 587, del Ministerio de
Hacienda, publicado en el Diario Oficial el 13 de noviembre
de 1982, y sus modificaciones.