Saltar al contenido

Artículo 85 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282233.

Texto oficial

DFL. 213/53, Artículo 85.- Los interesados podrán Art. 134. recuperar las mercancías extraviadas que aparecieren, siempre que restituyan la indemnización Ley 18.040/81 recibida, debidamente Art. Unico, reajustada. N° 3.