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Artículo 93 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282242.

Texto oficial

DFL 3-2345/79, Artículo 93.- La formalización de las Art. 18°. destinaciones aduaneras se hará mediante el documento denominado "declaración", el que indicará la clase o modalidad de la destinación de que se trate. En el tráfico de cabotaje, el Director Nacional de DFL. 213-53, Art. Aduanas determinará la forma Art. 149, de fiscalización de los embarques y inc. 2 DL. 2065 Art. 3° tráfico.