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Artículo 220 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282381.

Texto oficial

Artículo 220.- Se concede acción popular para la DFL. 213/53, denuncia de los delitos Art. 231. de contrabando y fraude a que se refiere esta Ordenanza. DFL. 329/79, Art. 4°. Los denuncios deberán formularse ante el Director o ante cualquier Administrador, quien deberá comunicarlo al que le corresponde conocer de él.