Saltar al contenido

Artículo 241 del Decreto Con Fuerza de Ley 30

Fija texto refundido del d.f.l. 213, de 1953, sobre ordenanza de aduanas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1041669 / 9282403.

Texto oficial

DFL. 213/53, Artículo 241.- El Director Nacional Art. 254. de Aduanas, reglamentará las obligaciones y facultades de los despachadores y de los DL. 1044/75, apoderados Art. Unico especiales; la designación, forma de N° 5 rendir los exámenes, licencias y reemplazos de los DFL 329/79, Agentes de Aduana y Art. 4° N° 31 apoderados especiales; las facultades, deberes y funciones de los empleados auxiliares de los mismos, y, en general, todas, las materias necesarias para la aplicación de este Libro.