Texto oficial
Art. 26. Para los efectos de esta ley, los ciudadanos se agrupan en clases. Cada clase se forma con los chilenos nacidos en el curso de un mismo año.
Decreto con fuerza de ley n.o 31
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284953.