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Artículo 30 del Decreto Con Fuerza de Ley 31

Decreto con fuerza de ley n.o 31

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1042122 / 9284957.

Texto oficial

Art. 30. Los ciudadanos pertenecientes a la Base de Conscripción, deberán concurrir a las citaciones que les hicieren las autoridades de reclutamiento, con el objeto de que, previa clasificación, selección, y sorteo en los casos en que proceda, se designe el contingente que deberá incorporarse a las filas.